Marco legal
Multas del PAD en Polonia: ¿quién supervisa y cuáles son los límites máximos?
En Polonia, el Polski Akt o Dostępności encomienda la supervisión de los servicios de comercio electrónico al ministro responsable de la digitalización, mientras que el PFRON cuenta con sus propias facultades de control. Tanto uno como otro pueden imponer una multa, sujeta a dos límites máximos acumulativos que deben distinguirse del régimen aplicable a los sitios web públicos.

La respuesta breve
El Polski Akt o Dostępności (PAD) se aplica desde el 28 de junio de 2025. En el comercio electrónico, el ministro competente en materia de informatización supervisa el mercado; el presidente del consejo de administración del PFRON también puede realizar controles e imponer una multa. Esta tiene como límite diez veces el salario mensual medio de referencia y no puede superar en ningún caso el 10 % de la facturación del ejercicio anterior. Las multas previstas para los sitios web públicos se rigen por otra ley.
¿De qué ley se trata exactamente?
Polski Akt o Dostępności es el nombre que utiliza el [Gobierno polaco](https://www.gov.pl/web/dostepnosc-cyfrowa/polski-akt-o-dostepnosci--uslugi-handlu-elektronicznego) para la ley del 26 de abril de 2024 sobre la accesibilidad de determinados productos y servicios ofrecidos por los operadores económicos. Su título oficial es «Ustawa o zapewnianiu spełniania wymagań dostępności niektórych produktów i usług przez podmioty gospodarcze». Publicada en el [Dz.U. 2024 poz. 731](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf), incorpora la Ley Europea de Accesibilidad al derecho polaco.
La ley entró en vigor el 28 de junio de 2025, sin perjuicio de las excepciones relativas a su entrada en vigor previstas en el propio texto. El [registro oficial ELI](https://eli.gov.pl/eli/DU/2024/731/ogl) la indicaba como vigente a 5 de octubre de 2026. No obstante, para evaluar una situación concreta, debe partir del servicio o producto en cuestión, y no únicamente de la existencia de un sitio web.
Los servicios de comercio electrónico figuran entre los servicios contemplados en el artículo 18. El artículo 4 excluye los servicios ofrecidos o prestados por microempresas, así como determinados mapas y contenidos de terceros sobre los que el operador no tiene control. Toda exclusión debe examinarse a la luz del servicio y de los hechos: no puede deducirse simplemente del tamaño aparente de un sitio web.
La ley también establece disposiciones transitorias diferenciadas. Los productos no conformes introducidos en el mercado antes de su entrada en vigor no quedan sujetos a la ley en las condiciones establecidas por el artículo 84; el artículo 85 permite, con arreglo a sus condiciones, seguir utilizando esos productos para prestar servicios hasta el 28 de junio de 2030 como máximo. Esa fecha límite no supone un aplazamiento general de los requisitos aplicables a los servicios.
¿Quién supervisa un servicio de comercio electrónico?
El [PAD, artículo 38](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) establece un sistema de vigilancia del mercado integrado por el presidente del consejo de administración del Fondo Estatal para la Rehabilitación de las Personas con Discapacidad (PFRON), los organismos de vigilancia competentes en cada sector y las autoridades aduaneras. Esta lista describe el sistema en su conjunto; no significa que cada organismo ejerza el mismo control sobre un sitio de comercio electrónico.
Para los servicios de comercio electrónico, el organismo sectorial es el ministro responsable de la digitalización. El [Gobierno polaco](https://www.gov.pl/web/dostepnosc-cyfrowa/polski-akt-o-dostepnosci--uslugi-handlu-elektronicznego) confirma que el ministro de Digitalización, a través del Ministerio de Digitalización, ejerce esta vigilancia. Sin embargo, la función del PFRON no se limita a transmitir información: el artículo 39 también le atribuye competencias para realizar controles y tramitar los procedimientos previstos por la ley.
El [propio PFRON explica](https://bip.pfron.org.pl/nadzor-rynku/) que supervisa el sistema, recibe notificaciones y lleva a cabo controles y procedimientos. Por tanto, la distinción relevante para usted como operador es la siguiente: el ministro es el organismo de vigilancia sectorial del comercio electrónico, pero el presidente del consejo de administración del PFRON también puede intervenir dentro de sus competencias legales. Según el artículo 73, cualquiera de los dos puede imponer una multa mediante resolución administrativa.
¿Qué examina la inspección?
El punto de partida es la evaluación de conformidad del servicio: el artículo 32 de la [PAD](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) exige al prestador que la realice por sí mismo. La inspección examina esta evaluación antes de comprobar si el servicio cumple los requisitos de accesibilidad aplicables. Por tanto, la evaluación no sustituye la accesibilidad efectiva del recorrido ofrecido a los usuarios.
El artículo 43 vincula el inicio de una inspección a la existencia de dudas fundadas, por parte del presidente del consejo de administración del PFRON o del órgano competente, sobre el cumplimiento de un requisito por un producto o servicio. Este marco permite entender por qué una notificación de incumplimiento puede ser relevante sin constituir, por sí sola, una decisión sancionadora.
Cualquier persona puede presentar ante el PFRON una «notificación de incumplimiento de los requisitos de accesibilidad» para señalar que un producto o servicio no cumple dichos requisitos. Los artículos 67 y 68 prevén su examen o su remisión al órgano competente en un plazo máximo de 30 días; si la notificación está fundada, se lleva a cabo una inspección. Por tanto, una comunicación de este tipo no equivale a una prueba definitiva de incumplimiento ni conlleva una multa automática.
Para preparar una respuesta a una inspección, lo importante es poder presentar la evaluación realizada y los elementos que demuestren cómo cumple el servicio los requisitos que le corresponden. Un análisis automatizado puede ayudar a detectar ciertos defectos verificables, pero no demuestra, por sí solo, una conformidad completa: siguen siendo necesarias las comprobaciones manuales.
¿Qué etapas preceden a una posible sanción?
Para un servicio sometido a control, el artículo 62 de la [PAD](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) prevé un requerimiento para restablecer la conformidad o dejar de prestar el servicio, acompañado de la entrega de pruebas dentro del plazo fijado, que no puede superar los 120 días desde la recepción de la solicitud. El texto también contempla la posibilidad de prohibir temporalmente, mediante resolución, la oferta o la prestación del servicio durante un máximo de 180 días. Esta prohibición es una medida distinta de la cuantía de una posible multa.
Si el prestador no aporta las pruebas solicitadas, el artículo 63 prevé la apertura de oficio de un procedimiento. Este puede dar lugar a una resolución conforme al artículo 65 y, en su caso, a una multa basada en el artículo 73. Presentar la notificación, el control, el requerimiento y la multa como una sola etapa ocultaría las actuaciones y los plazos previstos por la ley.
Existe una regla distinta para los productos: el artículo 51 prevé, antes de imponer una sanción en el supuesto que describe, un requerimiento para presentar la evaluación de conformidad con un plazo de al menos 60 días. Este plazo no debe aplicarse por analogía al control de un servicio de comercio electrónico. Para este último, la referencia pertinente sobre las pruebas posteriores al control es el plazo máximo de 120 días previsto en el artículo 62.
Por último, los artículos 69 y 70 establecen las normas de procedimiento aplicables cuando la PAD no contiene una disposición específica. El control se remite a las normas polacas relativas a los empresarios, mientras que los procedimientos y las notificaciones se rigen por el «Kodeks postępowania administracyjnego» (KPA), el código polaco de procedimiento administrativo. La vía de recurso se deriva de este marco procedimental; la PAD no la enuncia expresamente en su artículo sobre las multas.
¿Cuál es el límite real de la multa?
El artículo 73 de la [PAD, Dz.U. 2024 poz. 731](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) establece dos límites que se aplican conjuntamente. El primero equivale a diez veces el salario mensual medio de la economía nacional correspondiente al año de referencia anterior, anunciado por el presidente del Główny Urząd Statystyczny (GUS, la oficina central de estadística) en Monitor Polski. El segundo impide que la multa supere el 10 % del volumen de negocios del ejercicio anterior al año en que se impone. No son dos multas acumulables.
Para una multa impuesta en 2026, el [anuncio del GUS del 9 de febrero de 2026, M.P. 2026 poz. 192](https://dziennikustaw.gov.pl/M2026000019201.pdf) indica un salario medio de 8 903,56 zł para 2025. Diez veces esa base equivalen a 89 035,60 zł: este último importe es un cálculo basado en el anuncio oficial, no una cifra publicada como tal por el GUS. El límite del 10 % del volumen de negocios sigue siendo aplicable incluso cuando ese cálculo arroja un importe superior.
Otro [anuncio del GUS, M.P. 2026 poz. 232](https://dziennikustaw.gov.pl/M2026000023201.pdf) menciona 7 770,04 zł para 2025. Se basa en las normas relativas al fondo social de empresa, no en la base prevista para las multas del artículo 73. Por tanto, utilizar esa cifra para calcular el límite de la PAD tomaría como referencia una base incorrecta.
El límite no es una tarifa automática. El artículo 73 exige tener en cuenta el alcance y la gravedad de la infracción, el número de productos o servicios no conformes y el número de personas afectadas. En el caso de los servicios, la infracción sancionada comprende la falta de accesibilidad de los contemplados en los artículos 12 a 19, entre ellos el comercio electrónico en el artículo 18. La resolución administrativa la adopta el presidente del consejo de administración del PFRON o el órgano de supervisión competente.
La multa debe pagarse en los 14 días siguientes al momento en que la resolución adquiere firmeza, en la cuenta del Fundusz Dostępności, el fondo de accesibilidad al que se destina lo recaudado. La ley prevé su ejecución conforme a las normas de ejecución administrativa. Esto no convierte una primera constatación de incumplimiento en un importe exigible de inmediato: requiere una resolución firme.
¿Por qué no deben aplicarse las multas previstas para los sitios web públicos?
La ley del 26 de abril de 2024 aplicable a los operadores económicos no es la [ley polaca del 4 de abril de 2019, Dz.U. 2019 poz. 848](https://dziennikustaw.gov.pl/D2019000084801.pdf), relativa a la accesibilidad digital de los sitios web y las aplicaciones de las entidades públicas. Ambas leyes tratan de la accesibilidad, pero sus destinatarios, mecanismos de control y límites máximos de las multas no son intercambiables.
En el régimen de 2019, el artículo 19 prevé multas de hasta 10 000 zł por una falta persistente de accesibilidad y de hasta 5 000 zł por incumplimientos relativos a la declaración de accesibilidad o a la página BIP, el «Biuletyn Informacji Publicznej» de las entidades públicas. La falta persistente supone que no se haya constatado ninguna mejora durante tres controles consecutivos. La multa se impone mediante resolución administrativa del ministro responsable de la digitalización.
Por tanto, sería un error citar esos límites de 10 000 zł y 5 000 zł como si fueran el baremo aplicable a un servicio de comercio electrónico sujeto a la PAD. Primero hay que identificar la ley aplicable y, después, la naturaleza del servicio, las posibles exclusiones y el procedimiento que se haya iniciado efectivamente.
Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para determinar el régimen aplicable a un servicio concreto o valorar un procedimiento en curso, consulte a un abogado especializado en derecho polaco. Un análisis técnico, incluido un escaneo automatizado como el que ofrece Inclaria, puede orientar las comprobaciones necesarias, pero no determina esa calificación jurídica.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede imponer una multa en virtud del PAD?
Según el artículo 73 del [PAD](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf), el presidente del consejo de administración del PFRON o la autoridad competente de vigilancia del mercado impone la multa mediante resolución administrativa. Para los servicios de comercio electrónico, la autoridad sectorial es el ministro responsable de la digitalización.
¿Cuál es el importe máximo de una multa del PAD impuesta en 2026?
El importe máximo calculado a partir del salario medio de 2025 anunciado en [M.P. 2026 poz. 192](https://dziennikustaw.gov.pl/M2026000019201.pdf) es de 89 035,60 zł, según el cálculo del autor. El artículo 73 del PAD también establece que la multa nunca puede superar el 10 % del volumen de negocios del ejercicio anterior al año en que se impone.
¿Una notificación al PFRON da lugar automáticamente a una multa?
No. Los artículos 67 y 68 del [PAD](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) permiten a cualquier persona comunicar un incumplimiento y prevén el examen o la remisión de la notificación en un plazo máximo de 30 días; si está fundada, se realiza una inspección. La multa requiere una resolución administrativa independiente.
¿Se aplica el plazo de 60 días a la inspección de un sitio de comercio electrónico?
No. El plazo de al menos 60 días previsto en el artículo 51 del [PAD](https://dziennikustaw.gov.pl/D2024000073101.pdf) se refiere a la presentación de una evaluación de conformidad en el ámbito de los productos. Tras la inspección de un servicio, el artículo 62 prevé un plazo determinado para presentar las pruebas solicitadas, de 120 días como máximo.
¿Se aplican al PAD los límites de 10 000 zł y 5 000 zł?
No. Esos importes figuran en la [ley del 4 de abril de 2019, Dz.U. 2019 poz. 848](https://dziennikustaw.gov.pl/D2019000084801.pdf), aplicable a los sitios web y las aplicaciones de las entidades públicas polacas. El PAD, publicado en Dz.U. 2024 poz. 731, establece para los operadores comprendidos en su ámbito de aplicación una escala basada en el salario medio y el volumen de negocios.
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